¿A partir de qué monto mínimo los bancos deberán informar a la AFIP los gastos con tarjeta de débito en julio?

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha extendido el beneficio de reintegro del 15% en compras de bienes muebles realizadas con tarjetas de débito, aplicable a jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones. Este régimen estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año, brindando a los usuarios la oportunidad de acceder a este incentivo.

Para garantizar un control más exhaustivo de los gastos, la AFIP ha establecido que las entidades bancarias deberán informar sobre las operaciones de compra realizadas con tarjetas de débito a partir de un monto mínimo de $120.000 mensuales. Esta información deberá incluir los consumos tanto del titular como de los adicionales, excluyendo los montos de extracciones en efectivo y otros que no impliquen consumo.

Además, se incrementa a $200.000 el monto mínimo por el cual las instituciones financieras deberán informar a la AFIP los movimientos de acreditación y extracción de los clientes en cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social, así como cuentas especiales.

Estas medidas buscan optimizar el control de las operaciones financieras, permitiendo a los bancos agilizar las operaciones y proporcionando una información más completa y detallada a la AFIP sobre los movimientos de las cuentas y los gastos realizados con tarjetas de débito.

Con esta ampliación de control, la AFIP busca mantener una visión clara de las transacciones realizadas con tarjetas de débito, garantizando la transparencia y la correcta tributación de los usuarios.

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