Disponen cambios en los Acuerdos de Cooperación Productiva para favorecer a la producción local

58

El Gobierno Nacional dispuso una serie de medidas para promover la producción local y potenciar el impacto de los denominados Acuerdos de Cooperación Productiva (ACP) enmarcados en la Ley 27.437 de Compre Argentino, un compromiso por parte de los proveedores adjudicatarios de una licitación para realizar subcontrataciones de bienes y servicios locales por un monto no inferior al 20% del valor total de la oferta.

Así lo hizo a través del Decreto 509/2023 publicado en el Boletín Oficial, que permite que las propias firmas adjudicatarias provean estos bienes y servicios locales, además de ampliar las posibilidades de inversiones y transferencias en las cadenas de valor previstas en el régimen.

La Ley de Compre Argentino, sancionada en 2018, otorga a los proveedores nacionales prioridad en las licitaciones públicas, además de promover procesos de transferencia tecnológica a favor de las empresas locales.

Esta normativa fija que, cuando se adquieran bienes no producidos en el país que superen un determinado valor, deberá incluirse en los pliegos la obligación del adjudicatario de suscribir ACPs, por un porcentaje no inferior al 20% del valor total de la oferta.

Las modificaciones dispuestas por el Poder Ejecutivo buscan “mejorar la ejecución del régimen respecto de los ACP, los cuales promoverán un impacto mayor y favorable de este instrumento sobre la industria nacional”.

De esta forma, se “promoverá la participación de ofertas con capacidades locales en las compras públicas, la realización de inversiones, transferencia de tecnología y el estímulo de una mayor participación de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales en las cadenas globales de valor”, señalan los considerandos de la medida publicada hoy en el Boletín Oficial.

Uno de los puntos no contemplados por la ley fue que la contratación local exigida pueda ser provista por el propio oferente, como empresa productora de bienes o proveedora de servicios.

“Dicha carencia perjudica al potencial oferente local frente a los potenciales oferentes que podrían contratar bienes o servicios locales a un tercero”, subraya el decreto.

De esta forma, se “potenciará el impacto productivo que pueda generar el instrumento de los ACP sobre el desarrollo local y las cadenas de valor”, además de que “se garantiza una mayor concurrencia de potenciales oferentes en los procesos de contrataciones del Estado y la igualdad de condiciones de los mismos”.

Otra modificación en la ley consiste en la posibilidad de que las inversiones, transferencias tecnológicas , investigación y capacitación técnica puedan estar vinculadas no sólo a la ejecución del contrato de la licitación sino también al mismo sector productivo o cadena de valor del objetivo de la contratación, permitiendo así “ampliar el alcance, profundidad y diversidad de los ACP sobre la matriz productiva nacional”, al igual que “las posibilidades de radicación de inversiones en el territorio nacional”.

Es decir, en el caso de que no pueda alcanzar el monto del 20%, se podrá completar el mismo a través de adiciones de bienes de capital, inversiones en investigación y desarrollo, transferencia tecnológica y actividades de investigación y capacitación vinculados con la producción o el mantenimiento de los bienes adquiridos.

“Con las modificaciones se fomenta el trabajo argentino, la generación del empleo local, el impulso de la industria nacional, la diversificación de la matriz productiva y la promoción de la competitividad”, agrega el decreto.

En este articulo